Es una prestación del Estado dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.

Aunque inicialmente esta prestación no estaba pensada para personas menores de 65 años, la disposición final quinta del Real Decreto-ley 30/2020 introdujo una novedad que afecta a las personas de mayor edad.

Pudiendo acceder también, las personas mayores de 65 años que no cobren pensión de jubilación, que viven solas, o que, compartiendo domicilio con una unidad de convivencia, no se integran en la misma, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

1.º No estar unidas a otra por vínculo matrimonial o como pareja de hecho salvo las que hayan iniciado los trámites de separación o divorcio o las que se encuentren en otras circunstancias que puedan determinarse reglamentariamente, a las que no se les exigirá el cumplimiento de esta circunstancia.

2.º No formar parte de otra unidad de convivencia.

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